Ya presentaste tu aviso de dictamen IMSS. Ahora viene lo importante.
Publicación 25 · Serie: Dictamen IMSS · Fajardo Cruz Contadores
Nota: Este artículo es una guía de orientación general elaborada por Fajardo Cruz Contadores con base en la normativa vigente. No constituye asesoría individualizada. El proceso de dictamen varía según las características de cada empresa. Consulta con un especialista certificado para el análisis de tu caso específico.
🗓️ Una nota antes de empezar: El dictamen IMSS vence en septiembre. Este artículo sale en agosto — con tiempo suficiente para que puedas revisar tu situación, organizar tu documentación y llegar a la revisión con todo en orden. Hay dictaminadores que ya solicitaron información a sus clientes. Si el tuyo ya te la pidió y no la has entregado, te estás tardando.
🔑 Ya lo hiciste. Presentaste el aviso de dictamen IMSS — ya sea porque la ley te obliga o porque lo decidiste de forma voluntaria. Ese trámite está hecho.
Lo que viene ahora es la revisión. Y si no sabes exactamente qué va a revisar el dictaminador, qué documentos necesita, y cuáles son los puntos donde más empresas tienen problemas — este artículo es para ti.
En 20 años haciendo dictámenes IMSS, he visto empresas que llegan a la revisión con todo en orden y salen sin observaciones. Y he visto empresas que creían tener todo en orden y descubren diferencias significativas que no esperaban. La diferencia casi siempre está en la preparación — y la preparación empieza ahora, no en septiembre.
¿Qué es exactamente lo que revisa el dictaminador?
El dictamen IMSS es una revisión del cumplimiento de las obligaciones patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. No es una auditoría punitiva — es una revisión técnica que busca verificar que lo que declaraste ante el IMSS corresponde con la realidad de tu operación.
El dictaminador — que es un Contador Público Autorizado por el IMSS — revisa que:
1. Los trabajadores que tienes dados de alta ante el IMSS corresponden a los que realmente laboran en tu empresa.
2. El Salario Base de Cotización registrado para cada trabajador incluye todas las percepciones ordinarias que establece la Ley del Seguro Social.
3. Las cuotas calculadas y pagadas al IMSS son correctas — ni de más ni de menos.
4. La clasificación de riesgo de trabajo de tu empresa corresponde con la actividad real que realiza.
5. La información de nómina, contabilidad y registros fiscales es consistente entre sí.
[ El dictaminador no inventa diferencias — las detecta. Si existen, es porque algo no cuadra entre lo que declaraste y lo que realmente pasó en tu nómina. ]
El punto de partida: la nómina y su amarre con lo fiscal y contable
Todo el proceso de revisión arranca desde la nómina. Y aquí está el primer punto crítico que muchas empresas subestiman.
Hoy día una nómina bien calculada no es suficiente — también tiene que estar bien timbrada. Cada pago que realizas a tus trabajadores debe tener su CFDI de nómina emitido correctamente, con el complemento de nómina en versión 4.0, con las percepciones y deducciones bien clasificadas, y emitido en el período correspondiente.
Pero hay un problema que deja nóminas sin timbrar con más frecuencia de lo que parece: datos faltantes o incorrectos de los trabajadores. Si el RFC no está validado, si el CURP tiene un error, o si el domicilio fiscal del trabajador no coincide con lo que tiene registrado el SAT — el timbrado falla o genera errores que quedan en el registro.
El amarre que el dictaminador busca es este: lo que aparece en tu contabilidad como gasto de nómina debe coincidir con lo que timbrate en CFDI, y eso debe coincidir con lo que reportaste al IMSS como base de cotización. Si alguno de esos tres números no cuadra con los otros dos, hay una diferencia que explicar.
[ En la práctica, una inconsistencia frecuente es la empresa que tiene trabajadores con datos incorrectos ante el SAT — RFC con error, CURP mal capturado, domicilio desactualizado. Los pagos se realizan en el IMSS sin problema, pero al momento del timbrado esos errores impiden generar el CFDI correctamente. El resultado: nóminas pagadas que no tienen respaldo fiscal — y que el dictaminador detecta de inmediato al cruzar la contabilidad con los CFDI. ]
Los sujetos de aseguramiento que más empresas pasan por alto
Aquí viene uno de los puntos más costosos que encuentro en revisiones de dictamen — y que más sorprende a los empresarios cuando lo explico.
Muchas empresas pagan honorarios a personas físicas bajo el esquema de honorarios asimilados a salarios. Y muchas de esas empresas asumen que esas personas no son sujetas de aseguramiento ante el IMSS porque no tienen una relación laboral formal.
El IMSS no lo ve así.
Para el Instituto, lo que determina la obligación de aseguramiento no es el tipo de contrato — es la existencia de una relación de trabajo subordinada. Si la persona presta servicios de forma personal, subordinada y a cambio de una remuneración, el IMSS la considera sujeto de aseguramiento — independientemente de cómo se llame el contrato o cómo se clasifique el pago fiscalmente.
El término que usa el IMSS es preciso: no les llama trabajadores, les llama sujetos de aseguramiento. Pero las consecuencias son las mismas.
Cuando el dictaminador detecta esta situación, la obligación no se cancela — se activa. El patrón debe presentar el aviso de alta ante el IMSS por cada sujeto de aseguramiento no registrado, pagar las cuotas del ejercicio en curso para ponerlo al corriente, y dar de baja al cierre del año ya que la auditoría es anual. El costo de regularizar una situación así — cuotas y actualizaciones — puede ser significativo dependiendo del número de personas y del tiempo transcurrido. Lo más conveniente es hablarlo directamente con tu dictaminador para determinar la mejor forma de proceder en tu caso específico.
[ Si tienes personas que cobran honorarios asimilados y prestan servicios de forma regular, personal y subordinada en tu empresa — ese punto vale revisarlo ahora, y ponerte de acuerdo con tu dictaminador para corregir los años subsecuentes si persiste el problema. ]
La clasificación de riesgo de trabajo: más impacto del que parece
Cuando te registraste como patrón ante el IMSS, tu empresa quedó clasificada en una clase y fracción de riesgo de trabajo. Esa clasificación determina la prima que pagas en ese ramo — y puede ir del 0.5% al 7.5% del Salario Base de Cotización.
El problema es que muchas empresas quedaron clasificadas en una categoría que no corresponde con su actividad real. A veces porque el registro inicial se hizo con una descripción genérica de la actividad. A veces porque la empresa creció y cambió su giro sin actualizar el registro. A veces simplemente porque quien hizo el trámite no conocía las tablas de clasificación.
Si tu clasificación es incorrecta — especialmente si está por debajo de lo que corresponde — el IMSS puede determinar diferencias en la prima de riesgo de todos los períodos revisados, con actualizaciones sobre las cuotas no pagadas correctamente.
Y hay un elemento adicional que pocos consideran: la congruencia entre tu clasificación y tu operación real. El dictaminador puede solicitar documentación que demuestre que la actividad que declaras corresponde con la que realmente realizas — contratos, facturas, procesos de trabajo, maquinaria, materiales. Si tu empresa dice ser de servicios profesionales pero en la práctica opera con procesos de manufactura, esa inconsistencia aparece.
La documentación soporte: lo que el dictaminador puede pedir
El dictaminador trabaja con la información que tú le proporcionas. Entre más organizada y completa esté esa información, más fluida es la revisión y menor el riesgo de interpretaciones desfavorables.
La documentación básica que toda empresa debe tener disponible para el proceso de dictamen:
Documentación de nómina
— Nóminas del período dictaminado, firmadas o con evidencia de pago
— CFDI de nómina de todos los períodos — verificados y sin errores en el complemento de nómina 4.0
— Contratos de trabajo individuales de todos los trabajadores
— Comprobantes de pago de prestaciones: aguinaldo, prima vacacional, PTU si aplica
Documentación IMSS
— Emisiones mensuales del IMSS y emisiones bimestrales de RCV e INFONAVIT — se recomienda descargar todos los formatos directamente del portal del IMSS para garantizar que corresponden al período correcto
— Comprobantes de pago del banco, detalle y resumen del pago en SUA, o línea de captura del SIPARE — cualquiera de estos respalda lo que efectivamente pagaste al IMSS en cada período. Se recomienda conservar también el respaldo del SUA.
— Movimientos afiliatorios: altas, bajas y modificaciones salariales del período
— Comprobante del registro patronal y la clasificación de riesgo de trabajo vigente
Documentación contable y fiscal
— Estados financieros del período dictaminado
— Balanza de comprobación — para verificar el amarre entre el gasto de nómina contabilizado y los CFDI emitidos
— Declaraciones mensuales de retenciones de ISR presentadas ante el SAT
— Declaraciones del ISN del período — por estado donde opera la empresa
[ Si tienes toda esta documentación organizada, estás listo. Si aún te falta parte de ella — apúrate. Reunirla en agosto te da margen de maniobra. Buscarla en septiembre, cuando el dictaminador ya está esperando, es cuando empiezan los problemas reales. ]
El proceso en la práctica: qué esperar paso a paso
Una vez que presentaste el aviso de dictamen y designaste al Contador Público Autorizado, el proceso sigue este camino:
1. Recopilación de información: El dictaminador te solicita la documentación del período a revisar. Este es el momento de tener todo organizado — no de empezar a buscarlo.
2. Revisión analítica: El dictaminador cruza la información de nómina con los registros del IMSS, los CFDI timbrados y la contabilidad. En esta etapa se identifican las inconsistencias.
3. Determinación de diferencias: Si hay diferencias entre lo que se pagó y lo que correspondía pagar, el dictaminador las cuantifica. El patrón tiene oportunidad de aclarar o corregir antes de que el dictamen se presente al IMSS.
4. Pago de diferencias o convenio: Antes de presentar el dictamen ante el IMSS, las diferencias detectadas deben estar pagadas o debe existir un convenio de pago autorizado. No se puede presentar el dictamen con diferencias pendientes sin respaldo de pago. Este paso es previo a la presentación — no posterior.
5. Presentación del dictamen: Una vez que las diferencias están resueltas, el Contador Público Autorizado presenta el dictamen ante el IMSS con los resultados de la revisión.
[ Una ventaja real del dictamen — voluntario u obligatorio — es que las diferencias se detectan en un proceso ordenado, con tiempo para resolverlas antes de que el IMSS llegue directamente a tu empresa. Encontrarlas primero tú siempre es mejor que esperar a que las encuentren ellos. ]
Lo que sigue en esta serie
Este artículo es el mapa del proceso. En el siguiente artículo vamos al detalle de los puntos críticos — los errores específicos que con más frecuencia generan diferencias en dictamen, cuánto cuestan, y cómo identificarlos antes de que llegue la revisión.
Si ya tienes tu aviso presentado y quieres saber si tu empresa está lista para la revisión, ese artículo es el que necesitas leer antes de que el dictaminador llegue a pedirte documentación.
Este artículo es una guía de orientación general elaborada por Fajardo Cruz Contadores con base en la normativa vigente. No constituye asesoría legal ni fiscal individualizada. El proceso de dictamen IMSS varía según las características específicas de cada empresa. Para el análisis de tu caso particular, consulta con un especialista certificado.
¿Ya presentaste tu aviso de dictamen y quieres saber si tu empresa está lista para la revisión? En Fajardo Cruz llevamos más de 20 años haciendo dictámenes IMSS. Sabemos exactamente qué busca el instituto — y cómo tener todo en orden antes de que lleguen. contacto@fajardocruz.com · fajardocruz.com